Las personas físicas que hayan obtenido ingresos por salarios y otros conceptos como honorarios o arrendamiento que no superen la cifra de $400,000, podrán presentar su declaración en papel, informo el SAT. __________________________________________

A través de la 14 Miscelánea Fiscal dada a conocer por el SAT en su página de Internet y que será publicada próximamente en el DOF, la dependencia informó que estos contribuyentes usarán para tales efectos la forma oficial 13.
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Están obligados a presentar declaración las personas físicas que hayan obtenido ingresos por salarios y otros conceptos como honorarios y arrendamiento de $400,000 en adelante.

También están obligados a presentar declaración anual las PF que hayan obtenido ingresos por actividades empresariales que hayan superado $1,750,000.

Para efectos de devolución, las PF que soliciten devolución de ISR por un saldo de $25,000 en adelante deberán presentar dicha solicitud utilizando la Firma Electrónica Avanzada.

De no utilizar la Firma Electrónica, deberán presentar la solicitud usando la forma oficial 32.
Cuando el contribuyente solicite una devolución automática menor a $25,000, podrá utilizar la Clave de Identificación Electrónica para presentar la declaración anual.
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